El Gobierno regional se ha puesto en contacto con todas las formaciones políticas de la región para abordar un nuevo Estatuto de Autonomía o reformar el ya existente para incluir la supresión de aforados.
El aforamiento es una situación jurídica según la cual determinadas personas por el cargo que ocupan o por la función que desempeñan no son juzgadas por los tribunales de primera instancia sino por los tribunales superiores. Es percibido por la ciudadanía como un privilegio que permite a los políticos escapar del rigor de la Justicia habitual para blindarse en órganos judiciales de instancias superiores que pudieran dispensar un trato más favorable.
La supresión de los aforamientos supone la modificación de los artículos 10 y 17 del Estatuto de Autonomía de Castilla-la Mancha dado que no es una condición a la que se pueda renunciar personalmente, pues se trata de una protección a la función y no a la persona.
El Ejecutivo se ha comprometido a suprimir los aforamientos de los miembros del Gobierno y diputados/as regionales para todas aquellas cuestiones que no estén relacionadas con el desempeño de sus funciones en la próxima reforma del Estatuto de Autonomía.
En la Declaración Institucional suscrita con los agentes sociales se contempla en el apartado quinto impulsar una reforma institucional con participación y diálogo tanto del Estatuto de Autonomía, la Ley del Gobierno y Ley Electoral.
Tras intensos meses de trabajo, en julio de 2024 el Grupo Parlamentario Socialista propone un texto de reforma para su toma en consideración, abriéndose un plazo de presentación de enmiendas ampliado hasta septiembre de 2024. Tras los debates en comisión se alcanza el acuerdo de los grupos PP y PSOE, concretando su dictamen el 23 de mayo de 2025. Vox vota en contra.
En la proposición de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha aprobada por mayoría absoluta en el Pleno de las Cortes el 29 de mayo de 2025, se suprimen los aforamientos. Concretamente para los miembros del Gobierno en la Disposición Adicional Quinta, que establece “La responsabilidad penal del Presidente o Presidenta de Castilla-La Mancha y de los miembros del Consejo de Gobierno será exigible ante los tribunales ordinarios.” Y añade: “Las posibles responsabilidades que puedan dirimirse por los actos cometidos en el territorio regional con ocasión del ejercicio del cargo [...] serán exigibles ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Fuera de éste y solo para esos actos concretos, la responsabilidad penal será exigible ante el Tribunal Supremo.”
Además, los diputados y diputadas regionales mantienen la inviolabilidad parlamentaria, pero no disponen de fuero penal o civil ante tribunales superiores, lo que sí estaba recogido en el Estatuto anterior (Ley Orgánica 9/1982) que ha sido derogado expresamente en la Disposición Derogatoria.
Así mismo, han sido designadas las personas comisionadas para su defensa en el Congreso de los Diputados. Se inicia el trámite para su debate y aprobación en el Congreso de los Diputados.
Ha quedado patente la intencionalidad del Ejecutivo y el cumplimiento del compromiso, recogiéndose en la proposición de reforma del Estatuto la supresión de aforamientos generalizados para los altos cargos autonómicos. Solo mantiene una jurisdicción especial limitada al Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha para actos cometidos en el ejercicio del cargo dentro del territorio regional. Este cambio alinea a Castilla-La Mancha con una tendencia de mayor igualdad ante la ley, eliminando privilegios procesales.